Una propuesta de urgencia para el retorno de Maricarmen
La empresa Urbagestión Desarrollo e Inversión SL ha presentado formalmente una propuesta de urgencia ante el Urbagestión Ayuntamiento de Madrid con el objetivo de que Maricarmen Abascal, la octogenaria desahuciada de su hogar tras 71 años de residencia, pueda regresar al número 46 de la calle Alcalde Sainz de Baranda. La iniciativa busca configurar una alternativa habitacional estable y asequible mediante la integración de la vivienda en el programa municipal Reviva, gestionado por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo (EMVS).
A raíz de este movimiento, la compañía ha manifestado su total disposición a colaborar tanto con la propia EMVS como con los Servicios Sociales municipales para acelerar los trámites necesarios. El caso ha generado un intenso debate público sobre el acceso a la residencia y las políticas de protección social, conectando directamente con las discusiones institucionales en curso sobre un decreto de vivienda en el ámbito nacional.
Desde la perspectiva institucional y social, este tipo de operaciones urbanísticas ponen de manifiesto la complejidad de equilibrar los derechos de los propietarios particulares con las necesidades habitacionales de colectivos vulnerables en grandes núcleos urbanos como la capital de España. La intervención de los servicios municipales resulta clave para estudiar la viabilidad técnica de encajar inmuebles particulares en los circuitos de protección pública ya existentes.
Antecedentes judiciales y la postura de la propiedad
El desalojo se produjo tras un largo proceso judicial que culminó con un auto del Tribunal Supremo mediante el cual se inadmitió el recurso de casación interpuesto por la inquilina, confirmando de este modo la extinción de su contrato de arrendamiento, una resolución que adquirió firmeza en diciembre de 2023.
Desde Cantabria Económica se detalla que la mercantil aclaró mediante un comunicado oficial que no es propietaria del edificio completo de la calle Alcalde Sainz de Baranda, sino que adquirió a la anterior titular únicamente la vivienda que ocupaba la señora Abascal, constituyendo este inmueble su única propiedad de estas características.
Asimismo, la entidad sostuvo que, tras el fallo judicial, intentaron alcanzar un acuerdo voluntario con la afectada que contemplaba la firma de un nuevo contrato con una renta rebajada entre un 40% y un 50% respecto a los precios de mercado. Por otro lado, respecto a la intervención del pianista James Rhodes, quien manifestó su intención de sufragar el alquiler o adquirir la propiedad, la empresa indicó que dichas comunicaciones se recibieron una vez ejecutado el lanzamiento y en un contexto de alta saturación en sus servidores de correo electrónico, reiterando además que el inmueble no se encuentra en venta.
La compañía ha insistido en que su voluntad inicial siempre contempló vías de entendimiento previas a la vía judicial extrema, aunque los plazos procesales y la firmeza de las resoluciones judiciales desembocaron en el lanzamiento material que posteriormente activó la respuesta social y la actual propuesta orientada a la administración local.
Cómo funciona el programa Reviva de la EMVS
El programa Reviva, impulsado por la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo del Ayuntamiento de Madrid, persigue ampliar el parque público mediante la adquisición de viviendas privadas para transformarlas en protegidas. El mecanismo ofrece precios de mercado para incentivar a los particulares a adherirse a los criterios fijados por el consistorio, facilitando así una movilización efectiva de recursos habitacionales vacíos.
Entre los requisitos técnicos exigidos por la normativa municipal figura que los inmuebles se sitúen en la capital, permanezcan vacíos y presenten un estado óptimo de conservación. Deben contar al menos con un dormitorio, ajustarse a las directrices del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) y hallarse ubicados sobre rasante, permitiéndose hasta un tercer piso en aquellas edificaciones que carezcan de ascensor.
Adicionalmente, las normativas de la EMVS estipulan que las propiedades deben ser exteriores, haber superado la Inspección Técnica de Edificios (ITE), encontrarse al corriente de pago en las cuotas comunitarias y disponer de los suministros básicos de luz, agua y gas debidamente dados de alta. Estos estándares garantizan que cualquier incorporación al parque público cumpla rigurosamente con las condiciones de habitabilidad y seguridad exigidas por la legislación vigente en la Comunidad de Madrid.
