El fin de la moratoria y las nuevas sanciones de la DGT
El periodo de adaptación y avisos informativos sobre las normas de circulación DGT ha concluido oficialmente tras la entrada en vigor de las modificaciones del Reglamento General de Circulación. Tras varias semanas de cortesía en las que las autoridades se centraron en informar a los usuarios, policías locales y municipales como la de Pamplona ya aplican sanciones efectivas a quienes incumplan las disposiciones actualizadas. Esta normativa busca incrementar la seguridad vial y optimizar la convivencia entre peatones, ciclistas, conductores de vehículos de movilidad personal y automóviles en el conjunto de las vías urbanas e interurbanas.
La finalización de la fase de advertencia implica que los agentes pueden sancionar de forma directa infracciones consideradas graves, con multas que de manera general alcanzan los 200 euros en los supuestos de mayor riesgo. Las administraciones recuerdan que el desconocimiento de las modificaciones introducidas no exime de su cumplimiento, por lo que resulta prioritario conocer las exigencias relativas a la distribución del espacio en retenciones y las limitaciones específicas para los usuarios más vulnerables de la vía pública.
Obligaciones en carriles de emergencia y vías de alta capacidad
Una de las novedades más destacadas y que ha generado mayor atención en las carreteras españolas es la obligación de facilitar la creación de un "carril de emergencia" cuando los vehículos queden detenidos o circulen muy despacio debido a atascos o retenciones en vías de alta capacidad, tal como detalla Motorpasión. No cumplir esta instrucción supone una infracción grave tipificada en la Ley de Tráfico, con sanciones económicas de 200 euros o de 100 euros en caso de acogerse al pago con reducción por vía rápida.
La disposición de este espacio libre varía de forma estricta según la configuración exacta de la vía:
- Autopistas y autovías de dos carriles: El corredor de emergencia debe formarse estrictamente en el centro de la calzada, debiendo orillarse los turismos del carril derecho hacia el margen derecho y los del carril izquierdo hacia el margen izquierdo.
- Vías de tres carriles: El espacio libre debe abrirse entre el carril situado más a la izquierda y el carril central contiguo para permitir el paso de los servicios de emergencia.
- Vías de cuatro carriles o más: La separación se habilita entre el carril más externo a la izquierda y el contiguo a este, obligando al resto de usuarios a desplazarse hacia la derecha.
Esta medida pretende evitar los habituales bloqueos que retrasan la asistencia médica y la intervención de los equipos de rescate y seguridad en las carreteras de alta densidad de tráfico.
Nuevas normas para bicicletas y patinetes eléctricos
El ámbito urbano concentra buena parte de las modificaciones orientadas a proteger a los usuarios vulnerables. Según la información recogida por Diario de Navarra, los ayuntamientos ya sancionan conductas prohibidas y exigen requisitos estrictos de seguridad. Entre los cambios figura la fijación de una edad mínima de 15 años para circular en patinete eléctrico, además de obligaciones adicionales sobre iluminación, visibilidad y el uso obligatorio de prendas reflectantes para los repartidores profesionales.
Asimismo, se mantienen y refuerzan prohibiciones clásicas como circular por las aceras, usar dispositivos móviles mientras se conduce, lo cual implica una multa de 200 euros, o llevar un acompañante en patinetes eléctricos, sancionado con 30 euros al igual que el incumplimiento de la edad mínima. En el caso de las bicicletas, los ciclistas deben circular preferentemente por el centro del carril para prevenir accidentes vinculados a la apertura imprudente de puertas de vehículos estacionados, mientras que los automóviles están obligados a guardar una distancia mínima de cinco metros al marchar detrás de una bicicleta. Paralelamente, el nuevo marco normativo analizado por Sportlife Ibérica S.L contempla supuestos singulares, permitiendo a los ayuntamientos autorizar que las bicicletas circulen en ambos sentidos en calles urbanas de un único carril y con límites de velocidad iguales o inferiores a 30 km/h, facilitando así la movilidad ciclista en entornos urbanos consolidados y seguros.
